Cuando se acerca el 14 de febrero, muchos empleadores comienzan a padecer para conseguir el dinero y pagar esta prestación social a la que tienen derecho todos los trabajadores con un contrato laboral. De igual manera, aparecen varias herramientas de las entidades de crédito y de las cajas de compensación para ayudar a los empleadores a cumplir con este compromiso anual.
Hablando de bienestar, definido en el diccionario como el “Estado de la persona cuyas condiciones físicas y mentales le proporcionan un sentimiento de satisfacción y tranquilidad”, definición que es la primera cuando tacleamos en Google, podemos comenzar a planear las cosas de tal manera que algo que para muchos es un dolor de cabeza, comience a ser un momento de bienestar para el empleador y para el colaborador.
El artículo 49 del Estatuto Tributario de Colombia, define las cesantías como una prestación social que está obligado a pagar el empleador a sus trabajadores y que ésta es equivalente a un mes de salario cada año o proporcional al tiempo de servicio laborado. Su propósito inicial es constituir un ahorro que, en caso de desempleo, la persona quede protegida mientras se reubica nuevamente. Existen adicionalmente dos excepciones que consisten en usar las cesantías para comprar o mejorar la vivienda o el pago de los estudios propios, del cónyuge o de los hijos del trabajador1.
Las invitaciones para el empleador con respecto al pago de las cesantías son las siguientes:
- Consigne anualmente el valor de las Cesantías en un fondo destinado para tal fin y pague también antes del 31 de enero los intereses que genera esta prestación, para ello haga una provisión real en un instrumento que le permita hacer dos retiros: uno antes del 31 de enero para pagar los intereses y otro antes del 14 de febrero para consignar la prestación en el fondo. Guarde cada mes el 9,33% de lo que paga en salarios para que cuando lleguen estas fechas, no lo tome por sorpresa y pueda tener bienestar en esta época del año.
- Cuando un colaborador suyo requiera las cesantías, revise muy bien que el uso que le dé a ellas, estén contempladas bajo la normativa, pues muchas personas aprovechan este dinero para comprar antojos, realizar paseos y darle cualquier otro destino diferente al propósito que en verdad tiene. Inclusive, puede ser riesgoso entregar el dinero por hacer un favor y que luego este colaborador quede desempleado porque puede alegar que el empleador no fue riguroso a la hora de entregar las cesantías dejándolo desprotegido en el momento de quedar cesante. Evite perder la paz y haga las cosas bien. Visualice como usted ayuda a sus colaboradores a cumplir sus propósitos mientras usted cumple la ley.
- Eduque a sus colaboradores a que cumplan sus propósitos de largo plazo como la vivienda y la educación y que a la vez se protejan frente a un riesgo como el desempleo.
Las invitaciones para el colaborador son las siguientes:
- Tenga claridad sobre la destinación que le dará a las cesantías. Por ejemplo, si su intención es inicialmente protegerse frente al riesgo de desempleo, puede guardar 6 veces el pago de las cesantías para tener aproximadamente 6 meses con protección de recibir lo que venía ganando. Si su intención es la educación, averigüe lo que quiere estudiar usted, su cónyuge o sus hijos para que vaya revisando cuanto esfuerzo adicional debe hacer y que apoyos puede encontrar. Si su intención es la vivienda, revise todo lo que esté a su alcance para poder tener eso que tanto quiere en el tiempo que lo proyecta.
- No todo lo que recibe es para gastar, uno de los principios básicos de las finanzas es que no gaste todo lo que gana, porque este ritmo de vida va a ser que se mantenga alcanzado o peor aún, endeudado.
- Realice una planeación con los ingresos que recibe, diferente al salario como: primas, vacaciones, intereses a las cesantías, cesantías, auxilios, subsidios, aguinaldos, comisiones, bonificaciones, indemnizaciones para que pueda cumplir sus propósitos y no todo se le convierta en dinero de bolsillo.
Opinión del experto:
Haga del 14 de febrero la fecha de San Valentín a sus colaboradores. Esta fecha es la que puede hacer que usted y ellos tengan el mayor bienestar posible no solamente en el presente sino también en el futuro.
Imagine una familia que gane $2.000.000 en el año 2022 y que le están apuntando a su vivienda que tiene un costo de $100.000.000. Hoy pagando un arriendo de $750.000. Y que los empleadores de los integrantes de esta familia, puntualmente le consignan las cesantías por 5 años y que pueden acceder a un subsidio familiar de $20.000.000 por tener ingresos familiares inferiores a 4 salarios mínimos.
En 5 años, las cesantías pueden ascender a un valor de $10.832.645, mas los $20.000.000 del subsidio hacen que pueda tener para la cuota inicial de la casa que quieren. Y el crédito que tienen que realizar que aproximadamente son $70.000.000, esto a 15 años con una tasa comercial vigente da para que mensualmente se paguen cuotas de aproximadamente $700.000 que es inferior a lo que paga esta familia en arriendo. Así el empleador estuvo siempre tranquilo, cumplió la norma e inspiró al colaborador y este último logro una de sus mayores satisfacciones, tener casa. Esto es bienestar.
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1 Actualícese. Definición de Cesantías. Publicado en el portal el 07/07/2014 y consultado el 08/02/2022 en: https://actualicese.com/definicion-de-cesantias/.

