El pasado 30 de diciembre de 2021 el Gobierno Nacional promulgó la Ley 2177 de 2021, ésta tiene por objeto establecer condiciones para garantizar el ingreso de la actividad extractiva formalizada a créditos y cuentas de ahorro que ofrecen las entidades vigiladas por la Superintendencia Financiera y/o la Superintendencia de Economía Solidaria.
Con esta ley se establece que el acceso al sistema bancario y asegurador nacional cobijará a los titulares mineros; explotadores mineros autorizados; comercializadores de minerales; plantas de beneficio; prestadores de servicios especiales; y mineros en proceso de formalización y legalización.
Uno de los beneficios principales entonces, es que el sistema bancario abrirá línea directa para créditos hipotecarios, créditos de libre inversión y leasing habitacionales, cuentas de ahorro, cuentas corrientes, tarjetas de crédito y otros beneficios; adicional, para aquellos mineros que no sean aceptados en el sistema bancario, existirá otra opción y es la de ser recibidos por el Banco Agrario.
Fuente: El portafolio – Economía